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DESCUENTO EN LIBRERÍAS SELECCIONADAS ENERO 2026
EN CUMPLIMIENTO A LA NORMA SOBRE TRANSPARENCIA EN LAS OPERACIONES FINANCIERAS, CONTENIDA EN LA RESOLUCIÓN No CD-SIBOIF-796-1-AGOSTO-30-2013 CON FECHA DE 30 DE AGOSTO DE 2013 PUBLICAMOS EL SIGUIENTE REGLAMENTO.
REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN
“30% DE DESCUENTO EN LIBRERÍAS SELECCIONADAS”
El Banco de la Producción, S. A. presenta a sus Tarjetahabientes y público en general el reglamento de su nueva promoción “30% DE DESCUENTO EN LIBRERÍAS SELECCIONADAS”, la cual consiste en otorgar un descuento del 30% dentro del período de vigencia de la promoción al pagar con las tarjetas de crédito PREMIA BANPRO en los comercios participantes que se detallan a continuación.
DEFINICIONES
BANPRO: Se refiere al Banco de la Producción, S. A.
Tarjetahabiente: Persona natural o jurídica que, previo contrato con BANPRO, es habilitada para el uso de una línea de crédito en cuenta corriente a través del uso de una Tarjeta de Crédito PREMIA Banpro.
PREMIA Banpro o PREMIA: Se refiere indistintamente a las Tarjetas de Crédito emitidas por el Banco de la Producción, S. A., propietario de la marca PREMIA.
Promoción: Se refiere específicamente a esta promoción denominada “30% DE DESCUENTO EN LIBRERÍAS SELECCIONADAS”.
Comercios Participantes: Se refiere específicamente a las siguientes librerías:
| COMERCIO |
| GONPER LIBRERÍAS |
| HISPAMER |
| LA UNIVERSAL |
| LIBRERÍA JARDÍN |
| LIBRERÍA LA MERCED |
| LIBRERÍA PARRA |
| LIBRERÍA SAN JERÓNIMO |
| LITERATTO |
| TOTTO |
- PROMOCIÓN. La Promoción pertenece y es patrocinada por el Banco de la Producción, S. A.
- VIGENCIA. La promoción denominada “30% DE DESCUENTO EN LIBRERÍAS SELECCIONADAS” tendrá vigencia los viernes y sábados del 9 al 31 de enero del 2026.
- PARTICIPANTES. Participan en esta promoción las personas naturales, tenedoras de cualquier Tarjeta de Crédito PREMIA Banpro con membresía Visa y/o MasterCard, tarjetas Claro MasterCard, Walmart MasterCard Banpro, UNO Visa, Iberia Banpro, Auto Premia y Visa ConnectMiles, que tengan sus cuentas sin ninguna situación de bloqueo a la entrada en vigencia y durante el transcurso de la presente promoción.
- MECÁNICA. Durante el período de vigencia de la promoción, los Tarjetahabientes PREMIA BANPRO que cancelen sus consumos en los comercios participantes recibirán un descuento del 30% del monto cancelado, siempre y cuando consuman un mínimo de C$ 1,500.00, pudiendo recibir un máximo de C$ 450.00 de descuento.
- El descuento se aplicará en el siguiente estado de cuenta del tarjetahabiente.
- RESTRICCIONES. Durante el período promocional no aplica promoción sobre promoción.
- La transacción debe realizarse a través de un POS de Banpro.
- El monto mínimo de consumo para obtener el descuento es de C$ 1,500.00.
- El monto máximo de descuento que podrá recibir un tarjetahabiente es de C$ 450.00.
- El tarjetahabiente solo podrá tener un descuento en el periodo de la promoción.
- ASPECTOS COMPLEMENTARIOS. Cuando sea para beneficio de los participantes o para mejorar la transparencia de la promoción, BANPRO podrá variar los términos y condiciones del presente reglamento durante la vigencia de la promoción, notificándolo previamente a los participantes, siempre y cuando se mantengan los incentivos originales.
- El presente reglamento estará disponible en las oficinas de BANPRO Montoya, Km 3 Carretera Sur, y en la página web www.banprogrupopromerica.com.ni.
- Los Tarjetahabientes participantes, por el solo hecho de participar, autorizan expresamente a BANPRO a utilizar sus nombres, números de cédula, imágenes personales y/o voces para publicitar la promoción, sin recibir ningún tipo de compensación.
- Los participantes, por el solo hecho de hacer uso de esta promoción, acuerdan someter cualquier controversia que resulte de este reglamento a negociación directa entre las partes, contando con un período de curación de cuarenta y cinco (45) días calendario.
En caso de no existir acuerdo y transcurrido el período de curación referido, cualquiera de las partes podrá solicitar un proceso de mediación ante la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos (DIRAC), conforme a la Ley de Mediación y Arbitraje vigente de la República de Nicaragua.
De no llegar a un acuerdo en la DIRAC, cualquiera de las partes podrá recurrir a las instancias competentes para resolver la controversia.
Managua, 6 de enero del 2026