Nicaragua

Restaurantes

DESCUENTO EN RESTAURANTES DE PLAYA SELECCIONADAS ABRIL 2026

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EN CUMPLIMIENTO A LA NORMA SOBRE TRANSPARENCIA EN LAS OPERACIONES FINANCIERAS, CONTENIDA EN LA RESOLUCION No CD-SIBOIF-796-1-AGOST30-2013 CON FECHA DE 30 DE AGOSTO DE 2013 PUBLICAMOS EL SIGUIENTE REGLAMENTO.

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN

 “40% DE DESCUENTO EN RESTAURANTES DE PLAYA SELECCIONADOS” 

El Banco de la Producción, S.A. presenta a sus Tarjetahabientes y público en general el reglamento de su nueva promoción “40% DE DESCUENTO EN RESTAURANTES DE PLAYA SELECCIONADOS” la cual consiste en otorgar un descuento del 40% dentro del período de vigencia de la promoción al pagar con las tarjetas de crédito PREMIA BANPRO en los comercios participantes que se detallarán posteriormente.

DEFINICIONES

BANPRO: Se refiere al Banco de la Producción, S.A. 

Tarjetahabiente: Persona natural o jurídica que, previo contrato con BANPRO es habilitada para el uso de una línea de crédito en cuenta corriente a través del uso de una Tarjeta de Crédito PREMIA Banpro.

PREMIA Banpro o PREMIA: Se refiere indistintamente a las Tarjetas de Crédito emitidas por el Banco de la Producción, S. A, propietario de la marca PREMIA.

Promoción: Se refiere específicamente a esta promoción denominada “40% DE DESCUENTO EN RESTAURANTES DE PLAYA SELECCIONADOS”

Comercios Participantes: se refiere específicamente a los siguientes restaurantes:

Comercio

Departamento/Zona

CASA CANADA

CORN ISLAND

HOTEL ARENAS BEACH

CORN ISLAND

HOTEL PARAISO CORN ISLAND

CORN ISLAND

HOTEL YEMAYA

CORN ISLAND

LAS PALMERAS

CORN ISLAND

TRANQUILO CAFE

CORN ISLAND

CIFAR ISLAND  

GRANADA

PICO DE GARZA

GRANADA

WATERHOUSE

GRANADA

AAKI HOTEL

LEON

BAR MI CHOZITA 

LEON

BAR RESTAURANTE EL SALVADOREÑO

LEON

CHEPES BAR   BOCANA

LEON

HOSTAL EL NICA LIBRE

LEON

HOTEL REST  LA BARCA DE ORO

LEON

JAKES ON THE BEACH

LEON

RANCHITO  YOMAR  

LEON

TACOS BAR ENCANTIKI

LEON

COCTELERIA HERENIA

LEON

HOSTAL RIVAS INC

RIVAS

RESTAURANTE MI RANCHITO

RIVAS

BAR Y RESTAURANTE LAGO AZUL

SAN JUAN DEL SUR

BRISAS MARINAS

SAN JUAN DEL SUR

CARRITOS CERVECEROS NICOLAS CAJINA

SAN JUAN DEL SUR

COMEDOR LA LANCHA

SAN JUAN DEL SUR

COSTA DULCE

SAN JUAN DEL SUR

DA PLAYERZ CLUB SA

SAN JUAN DEL SUR

DING REPAIR CAFE

SAN JUAN DEL SUR

EL VELERO THE BEACH HOUSE

SAN JUAN DEL SUR

ESPEJOS MADERAS

SAN JUAN DEL SUR

GRAN NELSON XTREME ADVENTURES

SAN JUAN DEL SUR

HOTEL ANAMAR

SAN JUAN DEL SUR

HOTEL PARAISO DEL SUR

SAN JUAN DEL SUR

HUSH MADERA

SAN JUAN DEL SUR

IGUANAS BAR

SAN JUAN DEL SUR

INVERSIONES INTERNACIONALES EL LEON

SAN JUAN DEL SUR

JUANITAS KITCHEN

SAN JUAN DEL SUR

LOOKING GOOD SURF HOUSE

SAN JUAN DEL SUR

RANCHO TERE  

SAN JUAN DEL SUR

RESTAURANTE EL TIMON

SAN JUAN DEL SUR

RESTAURANTE JOSSELINE

SAN JUAN DEL SUR

RESTAURANTE VIVIAN

SAN JUAN DEL SUR

ROMPEOLAS

SAN JUAN DEL SUR

SOCIAL

SAN JUAN DEL SUR

THE BEST

SAN JUAN DEL SUR

TREE CASA RESORT

SAN JUAN DEL SUR

TUANIS

SAN JUAN DEL SUR

AQUA

TOLA

CASITAS PACIFIC HOTEL Y RESTAURANTE

TOLA

PROMOCIÓN 

  1. La Promoción pertenece y es patrocinada por el Banco de la Producción, S. A. 

VIGENCIA 

  1. La promoción denominada “40% DE DESCUENTO EN RESTAURANTES DE PLAYA SELECCIONADOS” tendrá vigencia del 3 al 5 de abril 2026.
  2. Participan en esta promoción las personas naturales, tenedoras de cualquier Tarjeta de Crédito PREMIA Banpro con membresía Visa y/o MasterCard, tarjetas Claro MasterCard, Walmart MasterCard Banpro, UNO Visa, Iberia Banpro, Auto Premia y Visa Connectmiles que tengan sus cuentas sin ninguna situación de bloqueo a la entrada en vigencia y durante el transcurso de la presente promoción. 

MECANICA 

  1. Durante el periodo de vigencia de la promoción, los Tarjetahabientes PREMIA BANPRO que cancelen sus cuentas de consumo en los comercios participantes, recibirán un descuento del 40% del monto cancelado, siempre y cuando consuman un mínimo de C$ 1,000.00, pudiendo recibir un máximo de C$ 400.00 de descuento en el periodo de la promoción.
  2. El descuento se aplicará en el siguiente estado de cuenta del tarjetahabiente.     

RESTRICCIONES 

  1. DURANTE EL PERIODO PROMOCIONAL NO APLICA PROMOCIÓN SOBRE PROMOCIÓN.
  2. LA TRANSACCIÓN DEBE REALIZARSE A TRAVÉS DE UN POS DE BANPRO.
  3. EL MONTO MÍNIMO DE CONSUMO PARA OBTENER EL DESCUENTO ES DE C$ 1,000.00.
  4. EL MONTO MÁXIMO DE DESCUENTO QUE RECIBIRÁ UN TARJETAHABIENTE ES DE C$ 400.00 EN EL PERÍODO DE LA PROMOCIÓN. 

ASPECTOS COMPLEMENTARIOS 

  1. Cuando sea para beneficio de los participantes o para mejorar la transparencia de la promoción, BANPRO, podrá variar los términos y condiciones del presente reglamento, durante la vigencia de la presente promoción notificándolo previamente a los participantes, siempre y cuando se mantengan los incentivos originales.
  2. El presente reglamento estará disponible en las oficinas de BANPRO Centro Financiero Banpro, Rotonda El Güegüense, 1 cuadra al este, Managua, en la página web www.banprogrupopromerica.com.ni.
  3. Los Tarjetahabientes participantes en el programa, por el sólo hecho de participar, expresamente autorizan a BANPRO a utilizar sus nombres, números de cédulas imágenes personales y/o voces para publicitar la Promoción, sin recibir ningún tipo de compensación.
  4. Los participantes por el solo hecho de hacer uso de esta promoción, han acordado someter cualquier controversia que resulte de este reglamento, relativo a su interpretación, incumplimiento o resolución, será resuelto en primera instancia por negociación directa entre las partes, para lo cual se tendrá un período de curación de cuarenta y cinco días calendarios. De llegar a un acuerdo éste deberá ser formalizado por escrito, pudiendo cualquiera de ellas protocolizarlo a su cuenta y cargo.

En caso de no existir acuerdo y transcurrido el período de curación referido, cualquiera de las partes podrá solicitar un proceso de mediación ante la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos (DIRAC); proceso que se deberá desarrollar y cumplir conforme lo establecido en la Ley de Mediación y Arbitraje vigente de la República de Nicaragua. 

De no llegar a un acuerdo en la DIRAC, cualquiera de las partes podrá recurrir a las instancias competente para resolver la controversia.

Managua, 26 de marzo 2026

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