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Promociones

PRECIOS ESPECIALES DE VERANO EN COPASA

GENERALES DE PROMOCIÓN

EN CUMPLIMIENTO A LA NORMA SOBRE TRANSPARENCIA EN LAS OPERACIONES FINANCIERAS, CONTENIDA EN LA RESOLUCION No CD-SIBOIF-796-1-AGOST30-2013 CON FECHA DE 30 DE AGOSTO DE 2013 PUBLICAMOS EL SIGUIENTE REGLAMENTO.


“PRECIOS ESPECIALES COPASA”

El Banco de la Producción, S. A. presenta a sus Tarjetahabientes y público en general el reglamento de su nueva promoción con el comercio COPASA, que lleva por nombre “PRECIOS ESPECIALES COPASA” la cual consiste en recibir precios especiales en productos seleccionados durante el período de la promoción por parte de COPASA al pagar con tarjeta de crédito y débito Banpro.

PROMOCIÓN 

  1. La Promoción pertenece y es patrocinada por el Banco de la Producción, S. A. en conjunto con COPASA.

VIGENCIA 

  1. La promoción “PRECIOS ESPECIALES COPASA” tendrá vigencia del 12 de abril al 5 de mayo 2024.

PARTICIPANTES 

  1. Participan en esta promoción las personas naturales, tenedoras de cualquier Tarjeta de Débito Banpro y Tarjeta de Crédito PREMIA Banpro con membresía Visa y/o MasterCard, tarjetas Claro MasterCard, SPIRIT MasterCard, Walmart MasterCard Banpro, Auto Premia, Iberia Banpro y UNO Visa que tengan sus cuentas sin ninguna situación de bloqueo a la entrada en vigencia y durante el transcurso de la presente promoción. 

MECANICA 

  1. Durante el periodo de vigencia de la promoción, los Tarjetahabientes PREMIA BANPRO recibirán precios especiales en productos seleccionados por parte de COPASA.

RESTRICCIONES

  1. DURANTE EL PERIODO PROMOCIONAL NO APLICA PROMOCIÓN SOBRE PROMOCIÓN. 
  2. EL COMERCIO OTORGA EL BENEFICIO; BANPRO EN NINGÚN MOMENTO OTORGARÁ BENEFICIO A UN CLIENTE, YA QUE ESTE TIENE QUE SOLICITARLO AL MOMENTO DE LA COMPRA EN COPASA. 
  3. LOS BENEFICIOS OFRECIDOS POR COPASA SON RESPONSABILIDAD DEL COMERCIO OTORGARLOS A LOS CLIENTES.  
  4. LA COMPRA DEBE SER PROCESADA POR POS BANPRO. 

ASPECTOS COMPLEMENTARIOS.

  1. Cuando sea para beneficio de los participantes o para mejorar la transparencia de la promoción, BANPRO, podrá variar los términos y condiciones del presente reglamento, durante la vigencia de la presente promoción notificándolo previamente a los participantes, siempre y cuando se mantengan los incentivos originales.
  2. Las presente generales estarán disponible en las oficinas de BANPRO Montoya, Km 3 Carretera Sur y en la página web www.banprogrupopromerica.com.ni.
  3. Los Tarjetahabientes participantes en el programa, por el sólo hecho de participar, expresamente autorizan a BANPRO a utilizar sus nombres, números de cédulas imágenes personales y/o voces para publicitar la Promoción, sin recibir ningún tipo de compensación.
  4. Los participantes por el solo hecho de hacer uso de esta promoción, han acordado someter cualquier controversia que resulte de este reglamento, relativo a su interpretación, incumplimiento o resolución, será resuelto en primera instancia por negociación directa entre las partes, para lo cual se tendrá un período de curación de cuarenta y cinco días calendarios. De llegar a un acuerdo éste deberá ser formalizado por escrito, pudiendo cualquiera de ellas protocolizarlo a su cuenta y cargo.

En caso de no existir acuerdo y transcurrido el período de curación referido, cualquiera de las partes podrá solicitar un proceso de mediación ante la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos (DIRAC); proceso que se deberá desarrollar y cumplir conforme lo establecido en la Ley de Mediación y Arbitraje vigente de la República de Nicaragua.

De no llegar a un acuerdo en la DIRAC, cualquiera de las partes podrá recurrir a las instancias competente para resolver la controversia. 

Managua, 12 de abril del 2024.

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