Restaurantes

DESCUENTO EN PASTELERÍAS SELECCIONADAS MAYO 2026

1.0; +claudebot@anthropic.com)

EN CUMPLIMIENTO A LA NORMA SOBRE TRANSPARENCIA EN LAS OPERACIONES FINANCIERAS, CONTENIDA EN LA RESOLUCION No CD-SIBOIF-796-1-AGOST30-2013 CON FECHA DE 30 DE AGOSTO DE 2013 PUBLICAMOS EL SIGUIENTE REGLAMENTO.

REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN

 “30% DE DESCUENTO EN PASTELERÍAS Y PANADERIAS SELECCIONADAS”

El Banco de la Producción, S.A. presenta a sus Tarjetahabientes y público en general el reglamento de su nueva promoción “30% DE DESCUENTO EN PASTELERÍAS Y PANADERIAS SELECCIONADAS la cual consiste en otorgar un descuento del 30% dentro del período de vigencia de la promoción al pagar con las tarjetas de crédito PREMIA BANPRO en los comercios participantes que se detallarán posteriormente.

DEFINICIONES

BANPRO: Se refiere al Banco de la Producción, S.A.

Tarjetahabiente: Persona natural o jurídica que, previo contrato con BANPRO, es habilitada para el uso de una línea de crédito en cuenta corriente a través del uso de una Tarjeta de Crédito PREMIA Banpro. 

PREMIA Banpro o PREMIA: Se refiere indistintamente a las Tarjetas de Crédito emitidas por el Banco de la Producción, S. A, propietario de la marca PREMIA.

Promoción: Se refiere específicamente a esta promoción denominada 

30% DE DESCUENTO EN PASTELERÍAS Y PANADERIAS SELECCIONADAS”.

Comercios Participantes: se refiere específicamente a los siguientes comercios:

COMERCIO

AMERICAN DONUTS

CAFETIN PAN Y PAZ  

DILO DULCE

LA CASA DE DON COLOCHO

LA FRUTTELADA

LA GRANJA

LUPITAS BAKERY

MI PANCITO

PANADERIA Y REPOSTERIA BELEN  

PASTELERIA ANNIE

PASTELERIA DULCES IDEAS

PASTELERIA GRANJA

PASTELERIA LAS MARGARITAS

REPOSTERIA Y CAFE EL CANELO

SAKURA COFFEE SHOP

SKANDINAVO

SWEET CORNER

TIENDA PROMESAS

VALENTINO S BAKERY

WI CAKE

YUM YUM

ZACATELIMON 

PROMOCIÓN

  1. La Promoción pertenece y es patrocinada por el Banco de la Producción, S. A. 

VIGENCIA

  1. La promoción denominada “30% DE DESCUENTO EN PASTELERÍAS Y PANADERIAS SELECCIONADAS” tendrá vigencia del 27 al 30 de mayo 2026.

PARTICIPANTES

  1. Participan en esta promoción las personas naturales, tenedoras de cualquier Tarjeta de Crédito PREMIA Banpro con membresía Visa y/o MasterCard, tarjetas Claro MasterCard, Walmart MasterCard Banpro, UNO Visa, Iberia Banpro, Auto Premia y Visa Connectmiles que tengan sus cuentas sin ninguna situación de bloqueo a la entrada en vigencia y durante el transcurso de la presente promoción.

MECANICA

  1. Durante el periodo de vigencia de la promoción, los Tarjetahabientes PREMIA BANPRO que cancelen sus cuentas de consumo en los comercios participantes, recibirán un descuento del 30% del monto cancelado, siempre y cuando consuman un mínimo de C$ 1,000.00, pudiendo recibir un máximo de C$ 300.00 de descuento en el período de la promoción.
  2. El descuento se aplicará en el siguiente estado de cuenta del tarjetahabiente.     

RESTRICCIONES

  1. DURANTE EL PERIODO PROMOCIONAL NO APLICA PROMOCIÓN SOBRE PROMOCIÓN.
  2. LA TRANSACCIÓN DEBE REALIZARSE A TRAVÉS DE UN POS DE BANPRO.
  3. EL MONTO MÍNIMO DE CONSUMO PARA OBTENER EL DESCUENTO ES DE C$ 1,000.00.
  4. EL MONTO MÁXIMO DE DESCUENTO QUE RECIBIRÁ UN TARJETAHABIENTE ES DE C$ 300.00 EN EL PERIODO DE LA PROMOCION.

ASPECTOS COMPLEMENTARIOS 

  1. Cuando sea para beneficio de los participantes o para mejorar la transparencia de la promoción, BANPRO, podrá variar los términos y condiciones del presente reglamento, durante la vigencia de la presente promoción notificándolo previamente a los participantes, siempre y cuando se mantengan los incentivos originales.
  2. El presente reglamento estará disponible en las oficinas de Centro Financiero Banpro, Rotonda El Güegüense, 1 cuadra al este, Managua, en la página web www.banprogrupopromerica.com.ni.
  3. Los Tarjetahabientes participantes en el programa, por el sólo hecho de participar, expresamente autorizan a BANPRO a utilizar sus nombres, números de cédulas imágenes personales y/o voces para publicitar la Promoción, sin recibir ningún tipo de compensación.
  4. Los participantes por el solo hecho de hacer uso de esta promoción, han acordado someter cualquier controversia que resulte de este reglamento, relativo a su interpretación, incumplimiento o resolución, será resuelto en primera instancia por negociación directa entre las partes, para lo cual se tendrá un período de curación de cuarenta y cinco días calendarios. De llegar a un acuerdo éste deberá ser formalizado por escrito, pudiendo cualquiera de ellas protocolizarlo a su cuenta y cargo.

En caso de no existir acuerdo y transcurrido el período de curación referido, cualquiera de las partes podrá solicitar un proceso de mediación ante la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos (DIRAC); proceso que se deberá desarrollar y cumplir conforme lo establecido en la Ley de Mediación y Arbitraje vigente de la República de Nicaragua.

De no llegar a un acuerdo en la DIRAC, cualquiera de las partes podrá recurrir a las instancias competente para resolver la controversia.

Managua, 20 de mayo 2026.  

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