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Condiciones y limitantes asistencia vial

Cambio de llantas

Banpro organizará y asumirá el costo hasta el límite de cobertura del envío de un prestador de servicios para solucionar esta eventualidad mencionada, de tal forma que el vehículo pueda movilizarse por sus propios medios.

Condiciones y limitantes:

  • El servicio de cambio de llanta se prestará sólo si el afiliado cuenta con la llanta de repuesto en buen estado.
  • Caso contrario el proveedor podrá llevar a reparar la llanta y el afiliado deberá asumir el costo de la reparación.
  • Este servicio aplica en la ciudad de residencia dentro del perímetro urbano y hasta 30 km fuera del mismo.

Paso de corriente

En caso de que la motocicleta o vehículo del afiliado requiera paso de corriente se organizará y asumirá el costo hasta el límite de cobertura del envío de un prestador de servicios para solucionar esta eventualidad mencionada, de tal forma que el automotor pueda movilizarse por sus propios medios.

Condiciones y limitantes:

  • No aplica limpieza de bornes de batería.
  • No aplica para cambios de baterías
  • No se brinda diagnósticos de posibles daños que pudiese tener el vehículo en caso de que el vehículo no encienda.
  • No se realiza maniobras o prácticas adicionales a sus herramientas de trabajo que pudiesen causar daños al vehículo (ejemplo: Empujar el vehículo para encenderlo).

Suministro de combustible:

En caso de que la motocicleta o vehículo requiera suministro de gasolina, se organizará y asumirá el costo hasta el límite de cobertura del envío de un prestador de servicios para solucionar esta eventualidad mencionada, de tal forma que el vehículo y/o la motocicleta pueda movilizarse por sus propios medios.

Condiciones y limitantes:

  • En todos los casos el afiliado deberá acompañar en todo momento al prestador de servicios.
  • El servicio de suministro de gasolina es de hasta un (1) galón, el costo del combustible debe ser asumido por el afiliado.

Grúa por accidente o avería:

En caso de accidente o avería que no permita la circulación autónoma del vehículo o motocicleta, se enviará y pagará (hasta el monto máximo de cobertura) por los servicios de grúa para que el vehículo o motocicleta cubierto sea removido de la vía o sitio donde se encuentre y trasladado hasta el taller, concesionario o lugar escogido por el afiliado en el perímetro urbano y hasta 30 km fuera del mismo.

Condiciones y limitantes:

  • En todo caso el afiliado deberá acompañar a la grúa durante el traslado a menos que su estado no lo permita y que no haya nadie para representarlo.
  • No se trasladan pasajeros.
  • En caso de que el servicio tenga un costo superior al monto acordado de cobertura, el afiliado se compromete a pagar en efectivo y de forma inmediata, con sus propios recursos, al proveedor el monto excedente a su cargo por el servicio prestado.
  • No aplica para vehículos de servicio público.
  • No aplica para vehículos de más de 3 toneladas.
  • No aplica para vehículos inmovilizados por las autoridades.

Cerrajería de Vehículo:

En caso de inmovilización del vehículo del afiliado a consecuencia de pérdida o extravío de las llaves, inutilización de la cerradura por intento de robo o si las llaves se quedan dentro del vehículo, se pondrá a disposición del afiliado, un cerrajero para que este realice “asistencia de emergencia” necesaria para restablecer el acceso al vehículo.

Condiciones y limitantes:

  • Excluye el suministro de cerraduras o llaves del vehículo.
  • No se realiza reemplazo de llaves, ni sustracción de partículas en casos donde el afiliado haya roto la llave en el intento de la apertura del vehículo y/o motocicleta.
  • No se realiza envío de llaves, ni cambio de baterías en el control de alarma.
  • No se desactivan alarmas, ni aperturas por el bloqueo de esta.
  • Se notificará al afiliado y a la central de asistencia los casos donde observe daños en la puerta por posibles maniobras realizadas por el afiliado y/o terceros, para evitar acusaciones de daños ocasionados por el proveedor de servicios.

Conductor designado por ebriedad o emergencia

En caso de que el afiliado/miembro del grupo familiar decida ingerir una bebida alcohólica o que por alguna emergencia o estado de salud no pueda conducir, estando dentro del perímetro urbano de las ciudades principales establecidas en el presente documento, se pondrá a su disposición el servicio de conductor elegido, con el fin de manejar el vehículo amparado bajo la presente asistencia.

Condiciones y limitantes:

  • El servicio deberá ser solicitado por parte del afiliado al menos con cuatro (4) horas de antelación.
  • El conductor que se envíe prestará el servicio desde el sitio donde se encuentre el afiliado/miembro del grupo familiar hasta el domicilio de este (solo un trayecto), con un límite máximo por todo el servicio de hora y media.
  • El afiliado/miembro del grupo familiar cuenta con 30 minutos después de la hora acordada para hacer uso del servicio, si en este término no se presenta, el proveedor se retirará del lugar, disminuyendo la cantidad de eventos para esta clase de servicios, es decir se identificará como un evento.
  • El vehículo deberá tener vigente la documentación (tarjeta de Circulación, seguro vigente, revisión técnico-mecánica).
  • El conductor designado no permanecerá solo en el vehículo.
  • No se presta servicio a menores de edad sin la compañía de un adulto y el conductor designado en ningún momento quedará solo con el menor durante la ejecución del servicio.
  • No se asume ninguna responsabilidad por objetos o elementos dejados en el vehículo.
  • No se realizarán paradas durante el trayecto.
  • No aplica para vehículos de transporte público.

Lavado de Vehículo Básico

Cuando el afiliado o miembro del grupo familiar lo requiera se prestará el servicio de lavado básico del vehículo en la red de proveedores.

Condiciones y limitantes:

  • El servicio no incluye limpieza de motor, aplicación de polish y/o pulido del auto, aplicación de líquidos especiales de limpieza o ceras.
  • No se asume ninguna responsabilidad por objetos o elementos dejados en cualquier parte del vehículo.
  • El servicio se prestará a nivel nacional dentro del perímetro urbano de las ciudades principales establecidas en el presente documento.
  • Este servicio se prestará en horario hábil de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm y sábados de 8:00 am a 12:00pm y debe ser solicitado mínimo con 24 horas de antelación. El afiliado/miembro del grupo familiar deberá estar presente durante la prestación del servicio.

Coordinación de Ambulancia

En caso de que el afiliado o miembro del grupo familiar requiera un servicio de ambulancia a consecuencia de una lesión súbita o traumatismo que constituya una emergencia vital y que requiera un traslado médico, se coordinará dependiendo de la emergencia el traslado, ambulancia básica o ambulancia medicalizada y hará seguimiento hasta el arribo de unidades médicas para trasladar al afiliado y grupo familiar hasta el centro médico asistencial más cercano.

Referencias Mecánicas

En caso de ser requerido por el afiliado se le facilitarán las direcciones y números de teléfonos de los talleres mecánicos, grúas y/o concesionarios de marcas automotrices cercanas al lugar donde se encuentre, sin que esta referencia signifique responsabilidad por los servicios y atención allí prestada.

Referencias médicas

Cuando el afiliado requiera información sobre clínicas, hospitales, laboratorios cerca de su domicilio o de manera general, se pone a disposición del afiliado, el centro telefónico de atención al cliente para la debida búsqueda de los lugares indicados, los ejecutivos de IGS brindarán la información al afiliado para su valoración.

Condiciones y limitantes:

  • En caso que el afiliado decida atenderse en alguno de los sitios referidos por el centro de atención al cliente, el afiliado deberá de asumir los costos de los servicios que él contrate con el establecimiento seleccionado.

Información sobre centros de atención a clientes.

Cuando el afiliado requiera de información de centro de atención a clientes de establecimientos del sector público o privado, se pone a disposición su centro de llamadas para que el ejecutivo realice la debida validación de horarios de atención, documentos a presentar según la gestión requerida por el afiliado y costos estimados del trámite.

Condiciones y limitantes:

  • Es responsabilidad del afiliado el pago de los costos de cada trámite a realizar.

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