Restaurantes
DESCUENTO RESTAURANTE TIP TOP FERIA GANADERA
EN CUMPLIMIENTO A LA NORMA SOBRE TRANSPARENCIA EN LAS OPERACIONES FINANCIERAS, CONTENIDA EN LA RESOLUCION No CD-SIBOIF-796-1-AGOST30-2013 CON FECHA DE 30 DE AGOSTO DE 2013 PUBLICAMOS EL SIGUIENTE REGLAMENTO.
GENERALES DE DISFRUTA EN FERIA GANADERA PROMOCIÓN 40% DE DESCUENTO EN RESTAURANTE TIP TOP
El Banco de la Producción, S.A. presenta a sus Tarjetahabientes y público en general el reglamento de su nueva “DISFRUTA EN FERIA GANADERA PROMOCIÓN 40% DE DESCUENTO EN RESTAURANTE TIP TOP” la cual consiste en otorgar un descuento del 40% dentro del período de vigencia de la promoción al pagar con las tarjetas de crédito BANPRO en Restaurantes TIP TOP
DEFINICIONES
BANPRO: Se refiere al Banco de la Producción, S.A.
Tarjetahabiente: Persona natural o jurídica que, previo contrato con BANPRO es habilitada para el uso de una línea de crédito en cuenta corriente a través del uso de una Tarjeta de Crédito PREMIA Banpro.
PREMIA Banpro o PREMIA: Se refiere indistintamente a las Tarjetas de Crédito emitidas por el Banco de la Producción, S. A, propietario de la marca PREMIA.
PROMOCIÓN
- La Promoción pertenece y es patrocinada por el Banco de la Producción, S.A. en conjunto con Restaurantes Tip Top.
VIGENCIA
- La promoción “DISFRUTA EN FERIA GANADERA PROMOCIÓN 40% DE DESCUENTO EN RESTAURANTE TIP TOP” tendrá vigencia del 2 al 10 de agosto 2026.
PARTICIPANTES
- Participan en esta promoción las personas naturales, tenedoras de cualquier Tarjeta de Débito Banpro y de cualquier Tarjeta de Crédito PREMIA Banpro con membresía Visa y/o MasterCard, tarjetas Claro MasterCard, Walmart MasterCard Banpro, Auto Premia, Visa Connectmiles, Iberia Banpro y UNO Visa que tengan sus cuentas sin ninguna situación de bloqueo a la entrada en vigencia y durante el transcurso de la presente promoción.
MECANICA
- Durante el periodo de vigencia de la promoción, los Tarjetahabientes BANPRO que cancelen sus cuentas de consumo en restaurante TIP TOP recibirán un descuento del 40% del monto cancelado, siempre y cuando consuman un mínimo de C$ 800.00, pudiendo recibir un máximo de C$ 400.00 de descuento en el periodo de la promoción.
- El descuento se aplicará en el siguiente estado de cuenta del tarjetahabiente. A los clientes de tarjeta de débito se estará aplicando el crédito a la cuenta a más tardar el 15 de agosto 2026.
RESTRICCIONES
- DURANTE EL PERIODO PROMOCIONAL NO APLICA PROMOCIÓN SOBRE PROMOCIÓN.
- EL MONTO MÍNIMO DE CONSUMO PARA OBTENER EL DESCUENTO ES DE C$ 800.00.
- EL MONTO MÁXIMO DE DESCUENTO QUE RECIBIRÁ UN TARJETAHABIENTE ES DE C$ 400.00 EN EL PERIODO DE LA PROMOCIÓN.
- PROMOCIÓN NO CANJEABLE POR EFECTIVO Y NO ES ACUMULABLE CON OTRAS PROMOCIONES.
- APLICA ÚNICAMENTE PARA TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO VISA Y MASTERCARD DE BANPRO.
- EL BENEFICIO SOLO APLICA EN RESTAURANTE TIP TOP UBICADO EN FERIA GANADERA.
ASPECTOS COMPLEMENTARIOS.
- Cuando sea para beneficio de los participantes o para mejorar la transparencia de la promoción, BANPRO, podrá variar los términos y condiciones del presente reglamento, durante la vigencia de la presente promoción notificándolo previamente a los participantes, siempre y cuando se mantengan los incentivos originales.
- El presente reglamento estará disponible en las oficinas de BANPRO Centro Financiero Banpro, Rotonda El Güegüense, 1 cuadra al este, Managua, en la página web www.banprogrupopromerica.com.ni.
- Los Tarjetahabientes participantes en el programa, por el sólo hecho de participar, expresamente autorizan a BANPRO a utilizar sus nombres, números de cédulas imágenes personales y/o voces para publicitar la Promoción, sin recibir ningún tipo de compensación.
- Los participantes por el solo hecho de hacer uso de esta promoción, han acordado someter cualquier controversia que resulte de este reglamento, relativo a su interpretación, incumplimiento o resolución, será resuelto en primera instancia por negociación directa entre las partes, para lo cual se tendrá un período de curación de cuarenta y cinco días calendarios. De llegar a un acuerdo éste deberá ser formalizado por escrito, pudiendo cualquiera de ellas protocolizarlo a su cuenta y cargo.
En caso de no existir acuerdo y transcurrido el período de curación referido, cualquiera de las partes podrá solicitar un proceso de mediación ante la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos (DIRAC); proceso que se deberá desarrollar y cumplir conforme lo establecido en la Ley de Mediación y Arbitraje vigente de la República de Nicaragua.
De no llegar a un acuerdo en la DIRAC, cualquiera de las partes podrá recurrir a las instancias competente para resolver la controversia.
Managua, 31 de julio del 2026.