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Reglamento Millas Spirit

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE LEALTAD DE LAS TARJETAS DE CRÉDITO SPIRIT – BANPRO GRUPO PROMERICA

EN CUMPLIMIENTO A LA NORMA SOBRE TRANSPARENCIA EN LAS OPERACIONES FINANCIERAS, CONTENIDA EN LA RESOLUCION No CD-SIBOIF-796-1-AGOST30-2013 CON FECHA DE 30 DE AGOSTO DE 2013 PUBLICAMOS EL SIGUIENTE REGLAMENTO.

DEFINICIONES:

Para los efectos de este reglamento, se establecen las siguientes definiciones:

El Emisor: Empresa emisora de tarjetas de crédito SPIRIT MASTERCARD –BANPRO, emitida en Nicaragua por Banpro Grupo Promerica S.A.

Tarjetahabiente: Persona física propietaria de la tarjeta de crédito SPIRIT MASTERCARD – BANPRO, emitida en Nicaragua por Banpro Grupo Promerica S.A.

Tarjeta de crédito SPIRIT MASTERCARD - BANPRO: Tarjeta de crédito emitida por el Emisor en dos tipos: Gold y Platinum.

Free Spirit: Programa de Viajero frecuente de Spirit Airlines que otorga múltiples beneficios. Ver reglamento y condiciones en www.spirit.com.

Sucursal: Todas las sucursales de Banco Promerica ubicadas en Nicaragua.

DEFINICIÓN DEL PROGRAMA:

Es un programa de lealtad en conjunto con Spirit Airlines que tiene como finalidad brindar a los Tarjetahabientes del Banco de la Producción, S. A. que para efectos de este reglamento será conocido como BANPRO, la oportunidad de acumular Puntos Free Spirit por compras realizadas a través de sus Tarjetas de Crédito Spirit Promerica de franquicia Mastercard. Los Puntos Free Spirit acumulados en la tarjeta de crédito del tarjetahabiente titular serán transferidos automáticamente al programa de Puntos Free Spirit mensualmente en la fecha de corte. Los Puntos Free Spirit transferidos al programa Free Spirit se consultan y se canjean directamente en www.spirit.com.

  1. PARTICIPANTES:

Participan en el programa los Tarjetahabientes personas naturales, que se encuentren con sus tarjetas de crédito vigente, sin ninguna situación de bloqueo.

  1. ACUMULACIÓN DE PUNTOS FREE SPIRIT:

Los Tarjetahabientes acumularán Puntos Free Spirit mediante la compra de bienes y servicios efectuados en Nicaragua o en el exterior, a razón de un (1) punto por cada dólar de los Estados Unidos de América o su equivalente en Moneda Nacional, al tipo de cambio oficial para la tarjeta SPIRIT MASTERCARD – BANPRO GOLD. En el caso de las tarjetas de crédito SPIRIT MASTERCARD – BANPRO PLATINUM acumularán dos (2) puntos por cada dólar de los Estados Unidos de América o su equivalente en Moneda Nacional, al tipo de cambio oficial.

En el caso de las compras realizadas en Gasolineras, estaciones de servicio y pago de servicios básicos (energía eléctrica y agua), la acumulación será a razón de un punto por cada dos dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio oficial.

El cálculo de los Puntos será efectuado sobre la base de números enteros, por tanto, los decimales de los Puntos no serán tomados en cuenta.

Los puntos se reportan a Spirit para su traslado hasta quince (15) días de la fecha de corte de cada tarjeta, Spirit Airlines a su vez, goza de hasta treinta (30) días para confirmar la acreditación de las mismas en el programa Free Spirit relacionado con la tarjeta de crédito. Los beneficios del programa podrán ser reclamados por parte del tarjetahabiente a partir del momento en que se confirme su acreditación por parte de la aerolínea. El reclamo lo podrán hacer únicamente en horas de atención al público de Spirit Airlines. El tarjetahabiente puede consultar sus puntos acumulados en el programa Free Spirit ingresando a la dirección electrónica: www.spirit.com.

  1. EXCEPCIONES:

SE EXCEPTÚA DE LA ACUMULACIÓN DE PUNTOS: 1). CARGOS POR EXTRAFINANCIAMIENTOS, 2). RETIROS DE EFECTIVO EN CAJEROS AUTOMÁTICOS O VENTANILLAS, 3). CARGOS POR PROTECTOR DE FRAUDES, 4). CARGOS POR COMISIONES DE RETIROS EN EFECTIVOS, 5). CARGOS POR MORA, 6). INTERESES CORRIENTES, 7). MANTENIMIENTO AL VALOR, 8). ANUALIDADES, 9). FACTURACIÓN DE SERVICIOS QUE SIENDO OFERTADOS POR TELEPAGOS BANPRO (1800-1530) SEAN CANCELADOS A TRAVÉS DEL TELEPAGOS DE OTRO EMISOR, 9). CUALQUIER OTRO CARGO COMPRA O USO A JUICIO DE BANPRO, NOTIFICADO PREVIAMENTE AL TARJETAHABIENTE.

LOS PUNTOS NO SON TRANSFERIBLES DE UNA CUENTA A OTRA.

ÚNICAMENTE SE ACREDITARÁN PUNTOS A LOS TARJETAHABIENTES QUE SE ENCUENTREN AL DÍA CON SUS PAGOS Y OBLIGACIONES DE LA TARJETA DE CRÉDITO CON BANPRO GRUPO PROMERICA, S.A.

  1. BONO DE BIENVENIDA:

La tarjeta SPIRIT MASTERCARD - BANPRO GOLD le otorga 5,000 puntos Free Spirit de bienvenida al activar su tarjeta titular y realizar un mínimo de consumo de US$ 350.00 o su equivalente en córdobas, al tipo de cambio oficial, acumulable en los primeros 90 días. La Tarjeta SPIRIT MASTERCARD - BANPRO PLATINUM le otorga 15,000 puntos Free Spirit de bienvenida al activar su tarjeta titular y realizar un mínimo de consumo de US$ 500.00 o su equivalente en córdobas, al tipo de cambio oficial, acumulable en los primeros 90 días. Si el tarjetahabiente no realiza el consumo mínimo acumulable dentro de los 90 días posteriores a la activación de la tarjeta titular, el bono de bienvenida caduca y no se le podrá aplicar dentro del programa de lealtad Puntos Free Spirit.

El bono de bienvenida es válido únicamente para tarjetas nuevas, no aplica en cambios de categoría.

  1. PUNTOS ACUMULABLES y CÁLCULO:

El máximo de puntos acumulables por Tarjetahabiente titular es de diez mil (10,000) puntos mensuales por período de facturación para las tarjetas Gold y de cuarenta mil (40,000) puntos para las tarjetas Platinum, cualquier exceso a esta cantidad será considerada como un sobregiro y no será redimible. El Tarjetahabiente acumulará puntos hasta el próximo período de facturación, no se tomará en cuenta los puntos sobregirados del período anterior.

El cálculo de los puntos se efectuará de conformidad al tipo de cambio oficial vigente al momento de ser acreditada la compra en el sistema de BANPRO, las compras flotantes no acumularán puntos en tanto no sean grabadas.

Las cuentas que presenten mora mayor a un (1) día en el pago de la tarjeta de crédito se les penalizará la totalidad de los puntos acumulados en el corte inmediato de la tarjeta de crédito, en el tanto no hayan sido transferidas al programa Free Spirit. BANPRO se reserva el derecho de aplicar parcialmente estas penalizaciones, siendo esta una atribución total y absoluta de El Emisor. Si de acuerdo con las condiciones legales establecidas en el contrato de tarjeta de crédito suscrito por las partes, El Emisor resolviera dar por terminada la relación por las razones que motive, de pleno derecho y efecto jurídico, se cancelará el beneficio de Puntos Spirit con la tarjeta de crédito y tendrán 12 meses para utilizar sus puntos acumulados en su membresía Free Spirit desde la página www.spirit.com, posterior a esta fecha los puntos serán canceladas y no podrán ser utilizadas ni reclamadas. El Tarjetahabiente titular en este acto acepta que estas condiciones están necesariamente ligadas a un buen comportamiento de pago y frecuencia de uso de la tarjeta de crédito SPIRIT MASTERCARD - BANPRO, renunciando desde ya a cualquier reclamo en contra de El Emisor por dicho concepto en caso de pérdida de los puntos. Si el tarjetahabiente solicita cancelar su tarjeta, reestructurar o refinanciar sus saldos, el cliente tendrá 12 meses para utilizar sus puntos acumulados en su membresía Free Spirit desde la página www.spirit.com, posterior a esta fecha perderá la totalidad de los puntos acumulados.

  1. CANJE DE PUNTOS:

Para canjear los Puntos Free Spirit, el tarjetahabiente titular debe ser un miembro activo del programa Free Spirit de SPIRIT AIRLINES. Para ser un miembro activo debe de hacer uso mensual de la tarjeta de crédito SPIRIT MASTERCARD – BANPRO. Al mantener su tarjeta Spirit Mastercard activa, los puntos acumulados en la membresía Free Spirit no expiran. Adicionalmente, el tarjetahabiente titular podrá consultar los Términos y Condiciones del programa de puntos Free Spirit para detalles adicionales sobre el mantenimiento de su calidad como miembro activo. Todos los viajes o boletos premio están sujetos a los Términos y Condiciones del programa Free Spirit y están sujetos a los impuestos, tasas y restricciones que aplican bajo ese programa. Para conocer más sobre los beneficios y estatus del nuevo Plan de lealtad Free Spirit®, visita el sitio web: https://www.spirit.com/s/free-spirit.

  1. BLOQUEOS:

PARA REDIMIR LOS PUNTOS FREE SPIRIT ACUMULADOS, ES REQUISITO INDISPENSABLE QUE LA TARJETA TITULAR ESTÉ ACTIVA, AL DÍA EN SUS PAGOS Y SIN BLOQUEO ALGUNO. ADICIONALMENTE, EL EMISOR SE RESERVA EL DERECHO DE BLOQUEAR LA TARJETA CUANDO MEDIEN CIRCUNSTANCIAS QUE LO ALERTEN SOBRE CUALQUIER CONDICIÓN QUE SE CONSIDERE COMO UN INDICADOR DE RIESGO CREDITICIO, OPERATIVO Y REPUTACIONAL.

  1. RESERVAS:

BANPRO, se reserva el derecho de excluir de este programa a aquellas personas que a su juicio estén actuando de manera dolosa o en abierta violación a sus políticas. De igual forma a discreción, se podrán excluir del programa negocios específicos o generales aun cuando el programa se encuentre en vigencia.

La administración del Programa no se hará responsable de devolución de puntos si alguna redención es realizada por terceros mediando presencia de la tarjeta.

  1. VIGENCIA:

El plazo de reclamo de los Puntos Free Spirit transferidos al programa Free Spirit será regulado de acuerdo a los términos y condiciones del programa Free Spirit el cual puede ser consultado en la dirección electrónica: http://www.spirit.com.

El programa de Puntos Free Spirit se regirá por el presente Reglamento, sin perjuicio de que el programa pueda ser modificado y el Reglamento pueda ser reformado a tales fines, sea total o parcialmente.

  1. RESPONSABILIDAD GENERAL:

El emisor sólo responde por el otorgamiento de los puntos a las que tengan derecho los tarjetahabientes y que serán transferidas por el Emisor al programa Free Spirit de Spirit Airlines. El Emisor no intervendrá, ni tendrá responsabilidad alguna por los inconvenientes o problemas o discusiones que se presenten entre el poseedor y cualquier otra persona, en relación o disputa por la posesión y/o la titularidad de Puntos Free Spirit en una tarjeta. Lo mismo sucederá en el caso del titular y tarjetahabiente adicional con respecto al reclamo o canje del beneficio. De la misma forma, el emisor bajo ninguna circunstancia asumirá responsabilidad alguna por los hechos acaecidos por el disfrute de los puntos indicados en este reglamento, ni por situaciones o eventualidades no previstas dentro del presente reglamento. Asimismo, la adquisición de los diferentes bienes y servicios con puntos es responsabilidad total y exclusiva de Spirit Airlines, de forma tal que El Emisor se limita únicamente a realizar las gestiones administrativas para su alcance y por instrucción expresa de sus clientes para que estos adquieran los beneficios de los Puntos Free Spirit únicamente, todo de conformidad a éste reglamento.

Todos los términos y condiciones del plan de Puntos Free Spirit aplican según el reglamento de Free Spirit. El Emisor no se hace responsable por el incumplimiento de Spirit Airlines en otorgar o canjear los puntos Free Spirit. El tarjetahabiente titular se compromete a liberar al Emisor, Spirit Airlines, y cada uno de sus respectivas filiales y subsidiarias de toda responsabilidad por lesiones, accidentes, pérdidas, reclamos, gastos o daños sufridos a él mismo y cualquier otra persona que viaje con él o sin él en relación con la recepción, la propiedad o el uso de los Puntos Free Spirit. No nos hacemos responsables de los errores tipográficos y/u omisiones en cualquier documento del programa.

  1. CONDICIONES ESPECIALES:

El tarjetahabiente titular acepta las siguientes condiciones: (i) que los términos y condiciones del programa de la tarjeta de crédito SPIRIT - PROMERICA pueden cambiarse en cualquier momento, (ii) que los términos y condiciones del programa de la tarjeta de crédito SPIRIT MASTERCARD – BANPRO será inaplicable cuando sea contrario a la ley y (iii) que el fraude o abuso en relación con el crédito de los Puntos Free Spirit transferidas al programa Free Spirit está sujeta a medidas administrativas y/o legales por SPIRIT AIRLINES, incluyendo la confiscación de los Puntos emitidos y cualquier acumulado de puntos en dicha cuenta, así como la cancelación de la cuenta y la futura participación en el programa de lealtad.

Vigencia de reglamento y otras disposiciones: El presente Reglamento rige a partir del 1 de septiembre 2013 (01/09/2013) y deja a partir de esa fecha sin vigencia y efecto cualquier disposición previa respecto de los beneficios y condiciones relacionados a programas de lealtad desarrollados por El Emisor.

Información y consultas: Para más información y consultas, los interesados pueden llamar al teléfono del Call Center 2255-9595 o bien, consultar de nuevo este reglamento en el sitio https://www.banprogrupopromerica.com.ni  Se prohíbe la reproducción total o parcial de este documento por cualquier medio. Los nombres Banpro Grupo Promerica S.A., SPIRIT AIRLINES, Free Spirit y SPIRIT MASTERCARD - BANPRO, son marcas registradas a nombre de sus respectivos propietarios.

El tarjetahabiente declara haber leído y estar de acuerdo en todos sus extremos con los términos normativos del Programa de Lealtad Puntos Free Spirit, ofrecida a los titulares de la tarjeta de crédito SPIRIT MASTERCARD - BANPRO, asimismo manifiesta que ha sido debidamente notificado del alcance y significado de todas y cada una de las cláusulas aquí impuestas, las cuales conoce y acepta.

El presente reglamento se entiende conocido por los Tarjetahabientes de BANPRO, a partir de su publicación en cualquier medio masivo.

Managua, 1 de septiembre del 2013.

 

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