Banpro Cuotas
CLARO RECARGAS

EN CUMPLIMIENTO A LA NORMA SOBRE TRANSPARENCIA EN LAS OPERACIONES FINANCIERAS, CONTENIDA EN LA RESOLUCION No CD-SIBOIF-796-1-AGOST30-2013 CON FECHA DE 30 DE AGOSTO DE 2013 PUBLICAMOS EL SIGUIENTE REGLAMENTO.
REGLAMENTO DE PROMOCIÓN “QUINTUPLICA TUS RECARGAS CLARO AL UTILIZAR CANALES ALTERNOS BANPRO”.
El Banco de la Producción, S. A. presenta a sus clientes y público en general el reglamento de su nueva promoción “QUINTUPLICA TUS RECARGAS CLARO AL UTILIZAR CANALES ALTERNOS BANPRO”, la cual consiste en quintuplicar el valor de las recargas de telefonía celular de la red CLARO de C$ 50.00 a más al realizar la recarga a través de: Billetera Móvil, ATM´s y Banca Digital Personas.
DEFINICIONES
BANPRO: Se refiere al Banco de la Producción, S.A.
Cliente: Persona natural que realiza sus transacciones a través de la red de canales de atención Banpro.
Promoción: Se refiere específicamente a esta promoción denominada “QUINTUPLICA TUS RECARGAS CLARO AL UTILIZAR CANALES ALTERNOS BANPRO”.
CLARO: Se refiere a la empresa prestadora de servicios de telefonía celular.
VIGENCIA
- La promoción tendrá vigencia los días 9,11 y 23 de octubre 2025.
PARTICIPANTES
- Participan en esta promoción las personas naturales que durante el periodo de vigencia de la promoción realicen sus recargas de telefonía celular de la red CLARO a través de: Billetera Móvil, ATM´s y Banca Digital Personas.
MECÁNICA
- Durante el periodo de la promoción, los clientes que realicen sus recargas de telefonía celular a la red CLARO recibirán por parte de CLARO el quíntuple del valor recargado, siempre y cuando la recarga sea de C$ 50.00 a más y sea realizada a través de: Billetera Móvil, ATM´s y Banca Digital Personas.
RESTRICCIONES.
- NO APLICAN A ESTA PROMOCIÓN LAS RECARGAS REALIZADAS A LA RED TIGO.
- NO APLICAN A ESTA PROMOCIÓN LAS RECARGAS REALIZADAS A TRAVÉS DE OTROS CANALES DE ATENCIÓN DE BANPRO.
- CLARO OTORGA EL BENEFICIO; BANPRO EN NINGÚN MOMENTO OTORGARÁ BENEFICIO A UN CLIENTE, YA QUE ESTE TIENE QUE SER APLICADO POR PARTE DE CLARO.
- APLICAN A ESTA PROMOCIÓN ÚNICAMENTE LAS RECARGAS DE C$ 50.00 A MÁS.
ASPECTOS COMPLEMENTARIOS
- Cuando sea para beneficio de los participantes o para mejorar la transparencia de la promoción, BANPRO, podrá variar los términos y condiciones del presente reglamento, durante la vigencia de la presente promoción notificándolo previamente a los participantes, siempre y cuando se mantengan los incentivos originales.
- El presente reglamento estará disponible en la página web www.banprogrupopromerica.com.ni.
- Los Tarjetahabientes participantes en el programa, por el sólo hecho de participar, expresamente autorizan a BANPRO a utilizar sus nombres, números de cédulas imágenes personales y/o voces para publicitar la Promoción, sin recibir ningún tipo de compensación.
Los participantes por el solo hecho de hacer uso de esta promoción, han acordado someter cualquier controversia que resulte de este reglamento, relativo a su interpretación, incumplimiento o resolución, será resuelto en primera instancia por negociación directa entre las partes, para lo cual se tendrá un período de curación de cuarenta y cinco días calendarios. De llegar a un acuerdo éste deberá ser formalizado por escrito, pudiendo cualquiera de ellas protocolizarlo a su cuenta y cargo.
En caso de no existir acuerdo y transcurrido el período de curación referido, cualquiera de las partes podrá solicitar un proceso de mediación ante la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos (DIRAC); proceso que se deberá desarrollar y cumplir conforme lo establecido en la Ley de Mediación y Arbitraje vigente de la República de Nicaragua.
De no llegar a un acuerdo en la DIRAC, cualquiera de las partes podrá recurrir a las instancias competente para resolver la controversia.
Managua 8 de octubre 2025.