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DESCUENTO EN BOLETOS COMICCON

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EN CUMPLIMIENTO A LA NORMA SOBRE TRANSPARENCIA EN LAS OPERACIONES FINANCIERAS, CONTENIDA EN LA RESOLUCION No CD-SIBOIF-796-1-AGOST30-2013 CON FECHA DE 30 DE AGOSTO DE 2013 PUBLICAMOS EL SIGUIENTE REGLAMENTO.

GENERALES DE PROMOCIÓN “15% DE DESCUENTO EN COMPRA DE BOLETOS PARA EL EVENTO COMIC CON”

El Banco de la Producción, S. A. presenta a sus Tarjetahabientes y público en general el reglamento de su nueva promoción con la productora de eventos PREMIER PRODUCCIONES, que lleva por nombre “15% DE DESCUENTO EN COMPRA DE BOLETOS PARA EL EVENTO COMIC CON” la cual consiste en recibir 15% de descuento al adquirir boletos de categoría general y Family Pass con tus tarjetas de crédito y débito durante el período de la promoción.

PROMOCIÓN

  1. La Promoción pertenece y es patrocinada por el Banco de la Producción, S. A. en conjunto con PREMIER PRODUCCIONES.

VIGENCIA

  1. La promoción “15% DE DESCUENTO EN COMPRA DE BOLETOS PARA EL EVENTO COMIC CON” tendrá vigencia desde el 7 de julio al 19 de septiembre 2025.

PARTICIPANTES

  1. Participan en esta promoción las personas naturales, tenedoras de cualquier Tarjeta de débito Banpro y Tarjetas de Crédito PREMIA Banpro con membresía Visa y/o MasterCard, tarjetas Claro MasterCard, SPIRIT MasterCard, Walmart MasterCard Banpro, Auto Premia, Iberia Banpro, Visa Conecctmiles y UNO Visa que tengan sus cuentas sin ninguna situación de bloqueo a la entrada en vigencia y durante el transcurso de la presente promoción.

MECANICA

  1. Durante el periodo de vigencia de la promoción, los Tarjetahabientes PREMIA BANPRO participantes obtendrán un 15% de descuento al comprar sus boletos de categoría general y Family Pass. Solamente se podrán comprar boletos en todos los puntos de ventas ubicado en CREPE LOVERS, TAQUILLA DEL ESTADIO SOBERANÍA Y EN EL SITIO WEB WWW.TODOTICKET-NI.COM
  2. Adicionalmente, para los tarjetahabientes participantes que así lo deseen, podrán diferir sus compras hasta a 3 meses de plazo con el servicio Pago Fácil, cuyo reglamento general está publicado en la página web https://www.banprogrupopromerica.com.ni

RESTRICCIONES

  1. DURANTE EL PERIODO PROMOCIONAL NO APLICA PROMOCIÓN SOBRE PROMOCIÓN.
  2. LA PRODUCTORA DE EVENTOS OTORGA EL BENEFICIO; BANPRO EN NINGÚN MOMENTO OTORGARÁ BENEFICIO A UN CLIENTE, YA QUE ESTE TIENE QUE SOLICITARLO AL MOMENTO DE LA COMPRA EN PREMIER PRODUCCIONES.
  3. LOS BENEFICIOS OFRECIDOS POR PREMIER PRODUCCIONES SON RESPONSABILIDAD DE LA PRODUCTORA DE EVENTOS OTORGARLOS A LOS CLIENTES. 
  4. LA COMPRA DEBE SER PROCESADA POR POS BANPRO.
  5. PARA APLICAR AL DESCUENTO, LOS BOLETOS DEBEN SER ADQUIRIDOS EN LAS SUCURSALES DE CREPELOVERS, TAQUILLA DEL ESTADIO SOBERANÍA Y EN EL SITIO WEB WWW.TODOTICKET-NI.COM

ASPECTOS COMPLEMENTARIOS.

  1. Cuando sea para beneficio de los participantes o para mejorar la transparencia de la promoción, BANPRO, podrá variar los términos y condiciones del presente reglamento, durante la vigencia de la presente promoción notificándolo previamente a los participantes, siempre y cuando se mantengan los incentivos originales.
  2. Las presente generales estarán disponible en las oficinas de BANPRO Montoya, Km 3 Carretera Sur y en la página web www.banprogrupopromerica.com.ni.
  3. Los Tarjetahabientes participantes en el programa, por el sólo hecho de participar, expresamente autorizan a BANPRO a utilizar sus nombres, números de cédulas imágenes personales y/o voces para publicitar la Promoción, sin recibir ningún tipo de compensación.
  4. Los participantes por el solo hecho de hacer uso de esta promoción, han acordado someter cualquier controversia que resulte de este reglamento, relativo a su interpretación, incumplimiento o resolución, será resuelto en primera instancia por negociación directa entre las partes, para lo cual se tendrá un período de curación de cuarenta y cinco días calendarios. De llegar a un acuerdo éste deberá ser formalizado por escrito, pudiendo cualquiera de ellas protocolizarlo a su cuenta y cargo.

En caso de no existir acuerdo y transcurrido el período de curación referido, cualquiera de las partes podrá solicitar un proceso de mediación ante la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos (DIRAC); proceso que se deberá desarrollar y cumplir conforme lo establecido en la Ley de Mediación y Arbitraje vigente de la República de Nicaragua. 

De no llegar a un acuerdo en la DIRAC, cualquiera de las partes podrá recurrir a las instancias competente para resolver la controversia.

Managua, 7 de julio 2025

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