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VIVE LA EXPERIENCIA PROMERICA

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REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN

EN CUMPLIMIENTO A LA NORMA SOBRE TRANSPARENCIA EN LAS OPERACIONES FINANCIERAS, CONTENIDA EN LA RESOLUCION No CD-SIBOIF-796-1-AGOST30-2013 CON FECHA DE 30 DE AGOSTO DE 2013 PUBLICAMOS EL SIGUIENTE REGLAMENTO.

“VIVE LA EXPERIENCIA PROMERICA EN LA GRAN FINAL DE MIAMI”

El Banco de la Producción, S.A. presenta a sus Tarjetahabientes y público en general el reglamento de su nueva promoción “VIVE LA EXPERIENCIA PROMERICA EN LA GRAN FINAL DE MIAMI”, la cual consiste en acumular 1 acción electrónica por cada US$ 30.00 (o su equivalente en córdobas) de compra con tarjetas de débito y crédito Banpro y participar en la rifa de 1 paquete para viajar y ver el evento deportivo La Gran Final de Miami.

DEFINICIONES

Banpro: Se refiere al Banco de la Producción, S.A.

Tarjetahabiente: Persona natural o jurídica que, previo contrato con BANPRO, es habilitada para el uso de una línea de crédito en cuenta corriente a través del uso de una Tarjeta de Crédito PREMIA Banpro.

PREMIA Banpro o PREMIA: Se refiere indistintamente a las Tarjetas de débito y crédito emitidas por el Banco de la Producción, S.A., propietario de la marca PREMIA.

Promoción: Se refiere específicamente a esta promoción denominada “

VIVE LA EXPERIENCIA PROMERICA EN LA GRAN FINAL DE MIAMI”,

PROMOCIÓN

  1. La Promoción pertenece y es patrocinada por el Banco de la Producción, S. A. 

VIGENCIA

  1. La promoción denominada “VIVE LA EXPERIENCIA PROMERICA EN LA GRAN FINAL DE MIAMI” tendrá vigencia del 15 de febrero al 15 de mayo del 2024.

PARTICIPANTES

  1. Participan en esta promoción las personas naturales, tenedoras de cualquier Tarjeta de Débito Banpro y Tarjeta de Crédito PREMIA Banpro con membresía Visa y/o MasterCard, tarjetas Claro MasterCard, SPIRIT MasterCard, Walmart MasterCard Banpro, Auto Premia, Iberia Banpro y UNO Visa que tengan sus cuentas sin ninguna situación de bloqueo al momento de realización del sorteo y que no hayan presentado mora mayor a 30 días en los últimos 3 meses antes de la realización del sorteo; quedan excluidos y, por consiguiente, no podrán participar en esta promoción todo el personal laboral activo del Banco de la Producción S.A. (Banpro) así como sus directores y los cónyuges de los empleados y directores.
  2. Quedan excluidos de esta promoción todo el personal laboral del Banco de la Producción S.A. (Banpro), sus directores y los familiares directos de ambos en primer y segundo grado de consanguinidad y afinidad. No participan las personas relacionadas con el personal y directores y familiares en primer grado de consanguinidad y afinidad de la agencia de publicidad Publicidad Comercial S.A.
  3. Quedan excluidas de esta promoción tarjetas empresariales Business Mastercard y Business Visa de Banpro.

MECÀNICA

  1. Durante el periodo de la promoción, Banpro, a través de sistemas informáticos asignará a los Tarjetahabientes participantes una “Acción Electrónica” por cada compra de US$ 30.00 (treinta dólares americanos o su equivalente en córdobas) en compras nacionales e internacionales que realicen con sus tarjetas de débito Banpro y tarjetas de crédito PREMIA Banpro, citadas en el punto tres (3) del presente reglamento, en el período de la promoción citado en el punto dos (2).

ACUMULACION DE ACCIONES Y FECHA DE SORTEO

  1. El período de la promoción y acumulación de “Acciones Electrónicas” será desde el 15 de febrero del 2024 a las 00:00 horas hasta el 15 de mayo del 2024 a las 23:59 horas. El sorteo se realizará el día 17 de mayo del 2024. BANPRO se reserva el derecho de poder cambiar la fecha de realización del sorteo a su discreción. El sorteo se realizará en el Centro Corporativo Banpro. Dicho evento será presenciado y autenticado por Notario Público.
  2. Las acciones no tendrán fecha de caducidad dentro del periodo de la promoción; por lo tanto, son válidas para participar en el sorteo.

GANADORES

  1. El Cliente que resulte Ganador será contactado vía telefónica por un Representante de Banpro para notificarle el día, la hora y el lugar que deberá presentarse a reclamar su premio. El Ganador deberá atender dicha llamada, brindando sus datos personales y toda la información que sea requerida. En caso de que no se pueda establecer contacto con el cliente ganador, se procederá a sortear otro número y así sucesivamente hasta que se tenga a un ganador final. Se intentará localizar al cliente realizando como máximo tres (03) llamadas telefónicas, a los números registrados en los sistemas de Banpro.
  2. Para retirar el premio, el Ganador deberá presentarse al lugar, fecha y hora indicados por el Representante de Banpro. Al momento de retirar el premio adjudicado el ganador deberá presentar su cédula de identidad o cédula de Residencia en caso de ser Extranjero residente. Si el Ganador no puede presentarse personalmente a retirar el Premio, su representante lo podrá retirar siempre y cuando presente un poder (Original y copia) legalmente autorizado y autenticado por un Notario Público, además, ambas Cédulas de Identidad, la del Ganador y el Apoderado.
  3. La fecha límite para retiro del premio será de cuatro (4) días posteriores a la fecha que Banpro realice la notificación al Ganador.
  4. Si el premio no es retirado por el Ganador en las condiciones indicadas, será declarado deserto y Banpro se reserva el derecho de disponer del premio en la forma que estime conveniente.

PREMIO

  1. La promoción tendrá 1 ganador el cual recibirá un paquete para disfrutar con un acompañante al evento “La Gran Final de Miami 2024” del 11 al 15 de julio del 2024.

Este paquete incluye:

    1. Boleto aéreo con todos los impuestos incluidos.
    2. Traslados aeropuerto-hotel-aeropuerto.
    3. Alojamiento en hotel frente a la playa.
    4. Tour de compras en Sawgrass Mall.
    5. Entradas a la gran final de la Copa América 2024, Categoría 1.
  1. El premio no es endosable, ni transferible, ni negociable.
  2. No se reconocerán los gastos o demás obligaciones en que incurriese el Ganador para retirar el premio, si así fuere el caso o por ganar el premio. Banpro asumirá el pago de los Impuestos correspondientes al IR e Impuesto de la Alcaldía de Managua.

RESTRICCIONES

  1. EL CLIENTE GANADOR Y SU ACOMPAÑANTE DEBEN DE TENER VISA AMERICANA PARA PODER SER CONFIRMADOS COMO GANADORES.
  2. LOS CARGOS EN CONCEPTO DE ANUALIDADES, INTERESES MANTENIMIENTO DE VALOR, RETIROS EN EFECTIVO Y COMPRAS SIN INTERESES (BANPRO CUOTA) NO ACUMULARÁN “ACCIONES ELECTRÓNICAS”.
  3. NO SE TOMARÁN EN CUENTA LAS TRANSACCIONES FLOTANTES, NI LAS TRANSACCIONES NO ELECTRÓNICAS QUE NO HAYAN SIDO REPORTADAS POR ALGÚN COMERCIO Y/O QUE NO HAYAN SIDO CARGADAS EN EL ESTADO DE CUENTAS DEL CLIENTE.
  4. ESTARÁN INHIBIDOS DE ACCEDER A LOS PREMIOS, AQUELLOS TARJETAHABIENTES QUE AL MOMENTO DEL SORTEO SE ENCUENTREN EN SITUACIÓN DE CESACIÓN DE PAGO O SITUACIÓN DE MORA CON SU TARJETA DE CRÉDITO O HAYAN PRESENTADO MORA MAYOR A 30 DÍAS EN LOS ÚLTIMOS 3 MESES ANTES DE LA REALIZACIÓN DEL SORTEO, CON CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN ADQUIRIDA CON EL BANCO DE LA PRODUCCIÓN, S.A. EN TALES CASOS EL PREMIO SE CONSIDERARÁ DESERTO, PERDIENDO AUTOMÁTICAMENTE SU DERECHO AL PREMIO. BANPRO SE RESERVAN EL DERECHO DE DISPONER DEL PREMIO EN LA FORMA QUE ESTIME CONVENIENTE.
  5. NO PARTICIPAN EN ESTA PROMOCIÓN TARJETAS EMPRESARIALES BANPRO.

ASPECTOS COMPLEMENTARIOS

  1. Los Tarjetahabientes podrán conocer la cantidad y números de acciones ganadas a través del Estado de Cuentas, emitido mensualmente en su fecha de corte.
  2. El Tarjetahabiente perderá las acciones acumuladas en su cuenta al cancelar su tarjeta.
  3. Las compras y pagos efectuados mediante esta promoción adicionalmente generaran Puntos PROMERICA, de conformidad al Reglamento General del Programa Puntos PROMERICA. Quedan excluidas de acumulación de Puntos PROMERICA las tarjetas SPIRIT MasterCard e Iberia Banpro.
  4. En aquellas cuentas que tengan tarjetas de crédito adicionales,  tendrá derecho a participación el titular registrado en el sistema de PREMIA, sin perjuicio de las acciones y/o puntos que acumulen los adicionales.
  5. Cuando sea para beneficio de los participantes o para mejorar la transparencia de la promoción, Banpro, podrá variar los términos y condiciones del presente reglamento, durante la vigencia de la presente promoción notificándolo previamente a los participantes, siempre y cuando se mantengan los incentivos originales.
  6. El presente reglamento estará disponible en las oficinas del Edificio Banpro Montoya, ubicado en el Km. 3 Carretera Sur, y en la página https://www.banprogrupopromerica.com.ni.
  7. Los Tarjetahabientes participantes en el programa, por el sólo hecho de participar, expresamente autorizan a Banpro a utilizar sus nombres, números de cédulas imágenes personales y/o voces para publicitar la Promoción, sin recibir ningún tipo de compensación.
  8. La responsabilidad del Banco de la Producción S.A. termina con la entrega del  Premio al Ganador y no se responsabilizará por daños ocultos, accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos en los que pueda incurrir por el uso o disfrute de cualquiera de los premios.
  9. Una vez concluido el sorteo, Banpro no tendrá ninguna responsabilidad con respecto a las acciones acumuladas, las cuales caducarán en el momento que se realice el sorteo.
  10. No será responsabilidad de Banpro que se refleje en el Estado de Cuentas del cliente una cantidad determinada de acciones a aquellos Tarjetahabientes que según el Reglamento de esta Promoción les restringe su participación y/o posibilidad de ganar un premio según este Reglamento.
  11. Se expresa y aclara que Banpro, no será responsable por cualquier postergación o cancelación de la Promoción, cuando las circunstancias que originen tal hecho resulten ajenas a su arbitrio, sea por caso fortuito o fuerza mayor, dado que todos los participantes en la promoción, por el sólo hecho de participar en ella reconocen expresamente la limitación a tal responsabilidad, renunciando a efectuar a Banpro, cualquier reclamo fundado en dichas circunstancias.
  12. Los participantes por el solo hecho de hacer uso de esta promoción, han acordado someter cualquier controversia que resulte de este reglamento, relativo a su interpretación, incumplimiento o resolución, será resuelto en primera instancia por negociación directa entre las partes, para lo cual se tendrá un período de curación de cuarenta y cinco días calendarios. De llegar a un acuerdo éste deberá ser formalizado por escrito, pudiendo cualquiera de ellas protocolizarlo a su cuenta y cargo.

En caso de no existir acuerdo y transcurrido el período de curación referido, cualquiera de las partes podrá solicitar un proceso de mediación ante la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos (DIRAC); proceso que se deberá desarrollar y cumplir conforme lo establecido en la Ley de Mediación y Arbitraje vigente de la República de Nicaragua.

De no llegar a un acuerdo en la DIRAC, cualquiera de las partes podrá recurrir a las instancias competente para resolver la controversia.

Managua, 14 de febrero del 2024.

 

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